Normativa
Artículo 6 — Reforma del artículo 245 del Código Procesal Penal — Mecanismos electrónicos de seguimiento en materia penal
- Número
- 9271
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Artículo 6
Reforma del artículo 245 del Código Procesal Penal
Vigente desde 30 de septiembre de 2014 · texto SINALEVI
Se reforma el artículo 245 de la Ley N.° 7594, Código Procesal Penal, de 10 de abril de 1996. El texto dirá:
"Artículo 245.- Imposición de las medidas El tribunal podrá imponer una sola de las alternativas previstas en el artículo anterior o combinar varias de ellas, según resulte adecuado al caso, y ordenará las medidas y las comunicaciones necesarias para garantizar su cumplimiento.
El juez podrá acordar que el control de cumplimiento de las medidas aplicadas a las personas se realice por medio de aquellos medios electrónicos que lo permitan.
En ningún caso se utilizarán estas medidas desnaturalizando su finalidad ni se impondrán otras cuyo cumplimiento es imposible."