Normativa
Artículo 99 — Razón — Lineamientos para el ejercicio y control del servicio notarial
- Número
- 74877
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VIII
PROTOCOLOS
CAPÍTULO II
REPOSICIÓN DE PROTOCOLO
En todas las reposiciones, sean totales o parciales, la Dirección Nacional de Notariado deberá consignar la razón respectiva. En el caso de reposiciones totales, esa razón se hará constar al inicio del tomo repuesto. En el caso de reposición parcial, la razón deberá ser consignada al momento de materializarse la misma.