Normativa
Artículo 12 — Secretaría Técnica — Creación del Sistema Nacional para la Atención y Prevención de la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Intrafamiliar
- Número
- 8688
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
La Comisión de Seguimiento estará coordinada por la unidad competente del Instituto Nacional de las Mujeres, la cual fungirá como Secretaría Técnica del Sistema; sus funciones se establecerán en el Reglamento de esta Ley.