Ley
Artículo 56 — Obligaciones de la Administración — Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la modalidad de Taxi
- Número
- 7969
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10676, La Gaceta N.º 80 del 6 may 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VIII
DERECHOS DE LOS USUARIOS DEL TRANSPORTE
La Administración mantendrá informados a los usuarios del servicio de taxi respecto de lo siguiente:
- Las variaciones o modificaciones operativas del sistema de taxi.
- Las solicitudes y fijaciones de nuevas tarifas.
- El catálogo de los derechos y deberes de los usuarios del servicio de taxi, que se determinará por reglamento y cuya difusión y cumplimiento serán tutelados por la Administración.