Ley
Artículo 18 — Requisitos de los miembros — Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la modalidad de Taxi
- Número
- 7969
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10676, La Gaceta N.º 80 del 6 may 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IV
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE TRANSPORTE
Para ser miembro del Tribunal, se requiere ser profesional con experiencia en materia de transporte público. Los miembros propietarios y sus suplentes deberán ser abogados. Los propietarios deben trabajar tiempo completo y ser personas que, por sus antecedentes, títulos profesionales y reconocida competencia en la materia, sean garantía de imparcialidad y acierto en el desempeño de sus funciones.
Anualmente, este Tribunal elegirá de su seno a un presidente, un vicepresidente y un secretario. El reglamento interno regulará los elementos necesarios para el desempeño adecuado y eficiente de sus labores.