Ley
Artículo 13 — Plan individual de apoyo — Ley para Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad
- Número
- 9379
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10558, La Gaceta N.º 213 del 13 nov 2024 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO III
ASISTENCIA PERSONAL HUMANA
El plan individual de apoyo determina el tipo de soporte que la persona con discapacidad requiere en la realización de las actividades básicas de la vida diaria, la intensidad y el número de horas al día en el que precisa de este, con el fin de que la persona con discapacidad alcance autonomía personal y vida independiente.
Para la determinación del tipo de apoyo, su intensidad y cantidad de horas brindadas, este será elaborado por la persona con discapacidad o, si lo requiere, en conjunto con otra persona, este deberá ser avalado por el personal técnico y profesional del Programa de Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis).