Ley
Artículo 93 — Requisitos y número de la cédula — Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones TSE y del Registro Civil
- Número
- 3504
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 9747, La Gaceta N.º 28 del 12 feb 2020 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
CAPÍTULO III
SECCION DE CEDULAS Y FOTOGRAFIAS
Cédula de identidad. La cédula de identidad contendrá la información necesaria, a juicio del Tribunal Supremo de Elecciones, para identificar, conforme a derecho, plenamente a su portador.
Para confeccionar y emitir este documento, el Tribunal y el Registro Civil utilizarán las técnicas más avanzadas y seguras para la identificación personal.
(Así reformado por el artículo 5º de la ley No.7653 de 10 de diciembre de 1996) (Nota de Sinalevi: Mediante resolución N° 2357 del 25 de mayo de 2015 del Tribunal Supremo de Elecciones, se acordó interpretar este artículo en el sentido de que: "...puede prescindirse de la exhibición de la cédula de identidad, en su formato físico, para acreditar la identidad de la persona en los casos en que su identificación se realice mediante la utilización del "Servicio de Verificación de Identidad" que facilita este Tribunal.") (Nota de Sinalevi: Mediante resolución N° 5647 del 2 de setiembre de 2025, "Criterio sobre la equivalencia funcional y jurídica entre la cédula de identidad física y la Identidad Digital Costarricense (IDC)", se acordó interpretar este numeral en el sentido de que: ".la presentación de la Identidad Digital equivale a la presentación de la cédula de identidad física. No podrá exigirse la exhibición de la cédula de identidad, en su formato físico, para acreditar la identidad de una persona si esta presenta su Identidad Digital. Las entidades públicas y privadas deberán tomar las previsiones del caso para que, en un plazo máximo de seis meses, adecuen sus procedimientos a fin de que, si una persona ciudadana se presenta a hacer un trámite o a requerir un servicio y para ello presenta su Identidad Digital, esta sea aceptada. Las cédulas de identidad físicas se seguirán usando en el país y ninguna persona ciudadana que encuentra obligada a adquirir la Identidad Digital. La identificación digital no podrá utilizarse en las próximas elecciones nacionales de 2026, por estarse dentro del plazo en el que no puede variarse el reglamento para la emisión del sufragio en los citados comicios.")