Ley
Artículo 31 — Delitos o faltas contra funcionarios o empleados electorales — Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones TSE y del Registro Civil
- Número
- 3504
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 9747, La Gaceta N.º 28 del 12 feb 2020 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
CAPÍTULO XI
DE LAS SANCIONES POR FALTAS CONTRA FUNCIONARIOS
Artículo 31Verificando formato
Delitos o faltas contra funcionarios o empleados electorales
Vigente desde 10 de mayo de 1965 · texto SINALEVI
Si en los actos a que se refieren los artículos anteriores se produjeren hechos que constituyeren delito o falta contra los funcionarios o empleados electorales, se someterán a conocimiento de la autoridad penal correspondiente para su debido juzgamiento.