Ley
Artículo 106 — Notificación de los acuerdos y resoluciones del Tribunal. Publicación — Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones TSE y del Registro Civil
- Número
- 3504
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 9747, La Gaceta N.º 28 del 12 feb 2020 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO V
CAPÍTULO ÚNICO
DE LAS NOTIFICACIONES Y DE LOS TERMINOS
Artículo 106
Notificación de los acuerdos y resoluciones del Tribunal. Publicación
Vigente desde 23 de diciembre de 1982 · texto SINALEVI
Los acuerdos y resoluciones que dictare el Tribunal, en materia civil o electoral, se notificarán a los interesados personalmente o mediante el envío de copia literal, o en lo conducente, por nota certificada u otro medio que use la Dirección Nacional de Comunicaciones.
Las publicaciones de carácter electoral que esta ley ordena se harán siempre en el Diario Oficial.
El Tribunal publicará sus resoluciones en ese diario cuando lo estime conveniente.
( Así reformado por el artículo 2º de la ley No. 6833 de 23 de diciembre de 1982 ).