Ley
Transitorio 2 — Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional
- Número
- 1644
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10522, La Gaceta N.º 215 del 15 nov 2024 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VII
Disposiciones generales
CAPÍTULO ÚNICO
Disposiciones generales
Transitorio 2Verificando formato
Vigente desde 26 de septiembre de 1953 · texto SINALEVI
Artículo Transitorio 2º.- Mientras exista el servicio de los Bonos del Sistema Bancario Nacional 7% 1949, los Bancos harán anualmente, para ese servicio, las siguientes aportaciones:
Banco Nacional de Costa Rica Departamento Comercial ... ... ... ... ... ... ... ¢ 380,800.00 Departamento Hipotecario ... ... ... ... ... ... . 495,000.00 ¢875,800.00 ------------- Banco de Costa Rica ... ... ... ... ... ... ... ... . ......... 230,800.00 Banco Anglo Costarricense ... ... ... ... ... ... ... ......... 103,800.00 Banco Crédito Agrícola de Cartago ... ... ... ... ... ......... 34,600.00 Estas sumas se tomarán de la parte de las utilidades a que se refiere el inciso 1) del artículo 12 de esta ley.