Normativa
Artículo 166 — Reforma Integral a la Ley Orgánica del Poder Judicial
- Número
- 7333
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10558, La Gaceta N.º 213 del 13 nov 2024 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO VII
DE LA JURISDICCION Y COMPETENCIA
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 166
Vigente desde 5 de mayo de 1993 · texto SINALEVI
El juez con competencia para conocer de un asunto, la tiene también para conocer de sus tercerías y demás incidentes, salvo que en juicio de menor cuantía viniere una reconvención, compensación, tercería u otro incidente que deba tramitarse en juicio de mayor cuantía, pues en tal caso, deberán pasar tanto el juicio principal como el incidental, al conocimiento del juez superior, quien los tramitará conforme a la cuantía de cada uno. Igual procedimiento se observará cuando un proceso sucesorio de menor cuantía ejerza fuero de atracción sobre otro de mayor cuantía o inestimable.
Sin embargo, no será motivo para inhibición en juicio de menor cuantía:
- La compensación que se oponga de una deuda por una suma igual o superior a la de mayor cuantía, si el crédito fuere reconocido por el deudor.
- La compensación y reconvención sobre los créditos de mayor cuantía, si el acreedor limitare su demanda a la suma señalada por la Corte como de menor cuantía, renunciando al exceso.
- La ejecución de sentencia de mayor cuantía o los incidentes de mayor cuantía promovidos en ella.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00063-2022 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección VI
Contencioso-administrativo
«...Lo mismo se puede afirmar en relacio´n con la aplicacio´n del numeral 166 LOPJ, ya que, para el conocimiento de las incidencias, primero se debe poseer competencia sobre el principal...»