Ley
Artículo 24 — Régimen disciplinario y detención — Ley Orgánica del Ministerio Público
- Número
- 7442
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10905, La Gaceta N.º 106 del 10 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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CAPÍTULO IV
DEL FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA
Para aplicar sanciones al Fiscal General se seguirá el procedimiento establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial, pero la revocatoria del nombramiento requerirá el voto de las dos terceras partes del total de miembros de la Corte Plena.
El Fiscal General de la República no gozará del privilegio constitucional. Sin embargo, sólo podrá ser detenido por orden del juez, en virtud de auto de apertura a juicio firme dictado en su contra o por haber sido sorprendido en flagrante delito.