Ley
Artículo 25 — Ley Orgánica del Ministerio de Salud
- Número
- 5412
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10725, La Gaceta N.º 140 del 30 jul 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO I
De las Atribuciones y Organización General del Ministerio
TÍTULO II
De la Organización General del Ministerio
CAPÍTULO II
Del Ministro y de su Despacho
SECCIÓN IX
De la Secretaría de la Política Nacional de Alimentación y Nutrición
Artículo 25
Vigente desde 8 de noviembre de 1973 · texto SINALEVI
Esta Secretaría tendrá como funciones:
- Analizar e interpretar la información existente sobre la situación alimentaria y nutricional del país;
- Promover la formulación de la Política Nacional de alimentación y nutrición, compatibles con el Plan Nacional de Salud;
- Coordinar la Política Nacional de Alimentación y Nutrición con las Políticas Nacionales Agropecuaria e Industrial. Además, mantener en forma intersectorial estrecha coordinación con las actividades de Planificación, Programación y Ejecución del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social y sus programas y proyectos específicos; ch) Estimular la ejecución de los planes y proyectos que componen la Política Nacional de Alimentación y Nutrición.