Ley
Artículo 67 — Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública
- Número
- 3481
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VI
CAPÍTULO ÚNICO
De las Disposiciones Finales
Artículo 67
Vigente desde 13 de enero de 1965 · texto SINALEVI
Esta ley deroga los artículos 6º, 7º y 8º del Capítulo II del Título Preliminar; el Título II, Capítulo I del Libro VIII y el Título I del Libro IX, todas disposiciones del Código de Educación.
Asimismo deroga el Decreto Ley Nº 794 de 2 de noviembre de 1949, y todos los demás disposiciones legales o reglamentarias que se le opongan, contradigan o desvirtúen el contenido o la terminología de sus normas.