Ley
Artículo 25 — Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública
- Número
- 3481
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
De los Organismos Administrativos
CAPÍTULO III
De la Administración General de la Enseñanza
Artículo 25
Vigente desde 5 de julio de 1971 · texto SINALEVI
La Administración General de Enseñanza está bajo la Dirección de un Administrador General y la integran las secciones de Supervisión, de Orientación, de Educación Física y las Asesorías Técnicas de Enseñanza de los diferentes niveles. De la Administración General dependen, jerárquicamente, en lo que esta ley y los reglamentos determinen, las Administraciones Provinciales de Enseñanza, el Departamento de Formación Profesional Docente, el Departamento de Personal, el Departamento Financiero y el Departamento de Extensión Cultural y Bibliotecas.
(NOTA: La materia que compete al Departamento de Extensión Cultural y Bibliotecas se traslado al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, según su Ley de Creación No.4788 del 5 de julio de 1971).