Ley
Artículo 23 — Publicidad de la información — Ley Orgánica del Ambiente
- Número
- 7554
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10970, La Gaceta N.º 168 del 7 sept 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IV
Impacto Ambiental
La información contenida en el expediente de la evaluación de impacto ambiental será de carácter público y estará disponible para ser consultada por cualquier persona u organización.
No obstante, los interesados podrán solicitar que se mantenga en reserva información integrada al estudio, si de publicarse afectare derechos de propiedad industrial.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 17397 · Sala Constitucional
Ambiental
«los artículos 22 y 23 de la Ley Orgánica del Ambiente establece que todas las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, tienen derecho a ser escuchadas por la SETENA»
- Resolución 13380 · Sala Constitucional
Constitucional
«"el artículo 23 de la Ley Orgánica del Ambiente N°7554, dispone la publicidad de la información"»
- Resolución 01539-2015 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«los numerales 6 y 23 de la Ley Orgânica del Ambiente;»
- Resolución 16359 · Sala Constitucional
Contencioso-administrativo
«"Artículo 23. Publicidad de la información La información contenida en el expediente de la evaluación de impacto ambiental será de carácter público "»