Ley
Artículo 22 — Expediente de la evaluación — Ley Orgánica del Ambiente
- Número
- 7554
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10970, La Gaceta N.º 168 del 7 sept 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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CAPÍTULO IV
Impacto Ambiental
Las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, tendrán el derecho a ser escuchadas por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, en cualquier etapa del proceso de evaluación y en la fase operativa de la obra o el proyecto. Las observaciones de los interesados serán incluidas en el expediente y valoradas para el informe final.
Dentro de los cinco días hábiles siguientes al recibo de una evaluación de impacto ambiental, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental remitirá un extracto de ella a las municipalidades en cuya jurisdicción se realizará la obra, la actividad o el proyecto. Asimismo, le dará profusa divulgación, por los medios de comunicación colectiva, a la lista de estudios sometidos a su consideración.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 17397 · Sala Constitucional
Ambiental
«Además, debe considerarse que los artículos 22 y 23 de la Ley Orgánica del Ambiente establece que todas las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, tienen derecho a ser escuchadas por la SETENA»
- Resolución 01539-2015 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«Además, como se tuvo por acreditado en el hecho 11 de la sentencia, se dejó de lado la obligación legal de otorgar audiencia pública, conforme lo exigían los artículos 6 y 22 de la Ley Orgánica del Ambiente.»
- Resolución 16359 · Sala Constitucional
Contencioso-administrativo
«"Las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, tendrán el derecho a ser escuchadas por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, en cualquier etapa del proceso de evaluación y en la fase operativa de la obra o el proyecto."»
- Resolución 01469-2011 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«La Nombre223541 programó la realización de la audiencia pública (prevista en los artículos 3 y 22 de la Ley Orgánica del Ambiente –LOA-) para el 31 de julio de 2004»
- Resolución 01539-2015 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«al estimarse que los numerales 6 y 22 de la Ley Orgânica del Ambiente no lo contienen en forma expresa»