Ley
Artículo 82 — Límites de las sanciones administrativas — Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal
- Número
- 8495
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 9876, La Gaceta N.º 236 del 24 sept 2020 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
Protección de la salud animal, control veterinario de las zoonosis
CAPÍTULO IX
Infracciones y sanciones
Artículo 82
Límites de las sanciones administrativas
Vigente desde 6 de abril de 2006 · texto SINALEVI
El Senasa deberá considerar la situación económica del infractor. En todo caso, el límite superior de las multas previstas anteriormente podrá superarse hasta en el doble del beneficio obtenido por el infractor, cuando dicho beneficio exceda la cuantía máxima de la multa.