Ley
Artículo 109 — Reglamentación — Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal
- Número
- 8495
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 9876, La Gaceta N.º 236 del 24 sept 2020 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VI
Disposiciones finales y transitorias
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro de los sesenta días siguientes a su publicación, pero la falta de reglamentación no impedirá que esta se aplique.
(Así corrida su numeración por el artículo 27 de la ley "Control de Ganado Bovino, prevención y sanción de su Robo, Hurto y Receptación", N° 8799 del 17 de abril de 2010, que lo traspaso del antiguo numeral 103 al 109 actual)