Ley
Artículo 107 — Derogaciones — Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal
- Número
- 8495
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 9876, La Gaceta N.º 236 del 24 sept 2020 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO VI
Disposiciones finales y transitorias
Deróganse las siguientes disposiciones:
- La Ley sobre salud animal, Nº 6243, de 2 de mayo de 1978, y sus reformas.
- La Ley Nº 1207, de 9 de octubre de 1950, que declara de utilidad pública la campaña contra la tuberculosis bovina.
(Así corrida su numeración por el artículo 27 de la ley "Control de Ganado Bovino, prevención y sanción de su Robo, Hurto y Receptación", N° 8799 del 17 de abril de 2010, que lo traspaso del antiguo numeral 101 al 107 actual)