Ley
Artículo 21 — Reasignación de frecuencias — Ley General de Telecomunicaciones
- Número
- 8642
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10415, La Gaceta N.º 236 del 20 dic 2023 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES, ADMINISTRACIÓN DEL
CAPÍTULO III
TÍTULOS HABILITANTES
SECCIÓN I
LAS CONCESIONES
Procede la reasignación de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico cuando:
- Lo exijan razones de interés público o utilidad pública.
- Lo exijan razones de eficiencia en el uso del espectro radioeléctrico.
- Se requiera para poner en práctica nuevas tecnologías.
- Sea necesario para resolver problemas de interferencia.
- Exista una concentración de frecuencias que afecte la competencia efectiva.
- Sea necesario para cumplir tratados internacionales suscritos por el país.
Corresponde al Poder Ejecutivo, previa recomendación del Consejo, acordar la reasignación de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico, para ello se deberán tomar en cuenta los derechos de los titulares y la continuidad en la operación de redes o la prestación de los servicios.
La reasignación dará lugar a una indemnización únicamente cuando se impida al adjudicatario la operación de las redes o la prestación de los servicios en los términos indicados en la concesión correspondiente, o bien, cuando dicha reasignación sea la única causa que obligue a sustituir o renovar equipos.