Ley
Artículo 66 — Escalas jerárquicas del Estatuto Policial — Ley General de Policía
- Número
- 7410
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10870, La Gaceta N.º 71 del 20 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
Del Estatuto Policial
CAPÍTULO III
UNIFORMES, ESCALAS JERÁRQUICAS, GRADOS Y
Artículo 66
Escalas jerárquicas del Estatuto Policial
Vigente desde 14 de junio de 2005 · texto SINALEVI
El Estatuto Policial contará con las escalas jerárquicas de oficiales superiores, oficiales ejecutivos y escala básica.
- La escala de oficiales superiores, será integrada por los siguientes grados: 1.Comisario. 2.Comisionado. 3.Comandante.
- La escala de oficiales ejecutivos estará compuesta por los siguientes grados: 1.Capitán de policía. 2.Intendente. 3.Subintendente.
- La escala básica estará integrada por los siguientes grados: 1.Sargento de policía. 2 Inspector de policía. 3.Agente de policía.
El Poder Ejecutivo determinará vía reglamento las escalas jerárquicas correspondientes, de acuerdo con las labores específicas de los cuerpos policiales que no pertenezcan al Ministerio de Seguridad Pública.
(Así adicionado por el artículo 2° de la Ley de Fortalecimiento de la Policía Civilista N° 8096 del 15 de marzo de 2001) (Así corrida su numeración por el artículo 1 de la Ley de Creación de la Policía Escolar y de la Niñez, N° 8449 del 14 de junio de 2005, que lo traspaso del antiguo artículo 56 al 62 actual) (Así modificada su numeración por el artículo 2° de la ley Creación de la Dirección del Servicio de Vigilancia Aérea como cuerpo policial adscrito al Ministerio de Seguridad Pública, N° 10061 del 15 de noviembre del 2021, que lo traspasó del antiguo artículo 62 al 66)