Ley
Artículo 16 — Documentos confidenciales y secretos de estado — Ley General de Policía
- Número
- 7410
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10870, La Gaceta N.º 71 del 20 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
De la organización y la competencia
CAPÍTULO II
De las fuerzas de policía
SECCIÓN I
De la Dirección de Seguridad del Estado
Artículo 16
Documentos confidenciales y secretos de estado
Vigente desde 26 de mayo de 1994 · texto SINALEVI
Los informes y los documentos internos de la Dirección de Seguridad del Estado son confidenciales. Podrán declararse secreto de Estado, mediante resolución del Presidente de la República.