Ley
Artículo 7 — Ley General de Migración y Extranjería
- Número
- 8764
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10645, La Gaceta N.º 51 del 17 mar 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO II
PRINCIPIOS GENERALES DE LA POLÍTICA MIGRATORIA
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 7
Vigente desde 19 de agosto de 2009 · texto SINALEVI
La política migratoria se orientará a la implementación de acciones conjuntas, por medio de la coordinación interinstitucional, a fin de brindar una respuesta efectiva a la situación migratoria. Asimismo, buscará impulsar acciones binacionales o multinacionales con los países expulsores de población migrante tendientes a conseguir:
- La búsqueda de la complementariedad entre la mano de obra nacional y la migrante, en forma tal que no exista un desplazamiento de la mano de obra nacional por la incorporación de trabajadores inmigrantes.
- El respeto a los derechos humanos y las garantías constitucionales de toda persona extranjera que ingrese y permanezca en el país.
- La integración de las personas extranjeras en los procesos económicos, científicos, sociales, laborales, educativos, culturales y deportivos.
- El respeto a las costumbres, la convivencia pacífica y la diversidad de los habitantes.
- La adopción de medidas necesarias para garantizar la seguridad y el orden públicos.
- La facilitación necesaria de procesos de regularización de las personas que se encuentren en el territorio nacional, de conformidad con las políticas de desarrollo.
- La tramitación de toda gestión migratoria deberá garantizar el aseguramiento a la seguridad social por parte de las personas migrantes. Tal garantía obligará a que todo trámite migratorio deba contemplar, como uno de sus requisitos básicos, contar con los seguros que brinda la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
- El pleno respeto de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y la protección internacional de los refugiados.
- La incorporación de medios tecnológicos que garanticen una prestación eficiente y transparente de los servicios que brinda la Dirección General de Migración y Extranjería, así como la descentralización y simplificación de estos, en función del usuario y sus necesidades.
- El reconocimiento de la riqueza multicultural existente en el país y del desarrollo de las potencialidades de todas las personas.
- Las acciones que promuevan el retorno de las personas costarricenses que han migrado.