Ley
Artículo 361 — Ley General de la Administración Pública
- Número
- 6227
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10889, La Gaceta N.º 73 del 22 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO SEGUNDO
Del Procedimiento Administrativo
TÍTULO NOVENO
De los Procedimientos Especiales
CAPÍTULO ÚNICO
De la Elaboración de Disposiciones de Carácter General
Artículo 361
Vigente desde 2 de mayo de 1978 · texto SINALEVI
- Se concederá audiencia a las entidades descentralizadas sobre los proyectos de disposiciones generales que puedan afectarlas.
- Se concederá a las entidades representativas de intereses de carácter general o corporativo afectados por la disposición la oportunidad de exponer su parecer, dentro del plazo de diez días, salvo cuando se opongan a ello razones de interés público o de urgencia debidamente consignadas en el anteproyecto.
- Cuando, a juicio del Poder Ejecutivo o del Ministerio, la naturaleza de la disposición lo aconseje, el anteproyecto será sometido a la información pública, durante el plazo que en cada caso se señale.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00591-2026 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«conforme lo establecen entre otros, los numerales 361 y 319 de la Ley General de la Administración Pública.»
- Resolución 00025-2023 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«los decretos incumplen con lo dispuesto en el artículo 361 de la LGAP por ausencia de audiencia previa a los grupos receptores de la norma»
- Resolución 06361 · Sala Constitucional
Constitucional
«se afectan a entidades descentralizadas. Dicha omisión resulta contraria a los derechos del tutelado»
- Resolución 00142-2020 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«En consecuencia, y con fundamento en lo apuntado, se rechaza que no se cumpliera con la consulta ordenada en el numeral 361 de la LGAP and que el procedimiento de emisión del Decreto N° 41103-MEP tenga algún vicio de nulidad.»
- Resolución 01539-2015 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«como tampoco al numeral 361 de la Ley General de la Administración Pública»
- Resolución 01469-2011 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«alegándose que debió seguirse el procedimiento establecido en el artículo 361 de la LGAP para su promulgación por ser un acto administrativo de alcance general.»