Ley
Artículo 264 — Ley General de la Administración Pública
- Número
- 6227
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10889, La Gaceta N.º 73 del 22 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO SEGUNDO
Del Procedimiento Administrativo
TÍTULO TERCERO
De las Formalidades del Procedimiento
CAPÍTULO TERCERO
De los Términos y Plazos
Artículo 264
Vigente desde 2 de mayo de 1978 · texto SINALEVI
- Aquellos trámites que deban ser cumplidos por los interesados deberán realizarse por éstos en el plazo de diez días, salvo en el caso de que por ley se fije otro.
- A los interesados que no los cumplieren, podrán declarárseles de oficio o a gestión de parte, sin derecho al correspondiente trámite.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00127-2022 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«del artículo 264 de la Ley General de la Administración Pública".»
- Resolución 02958 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección VI
Contencioso-administrativo
«"Con el fin de obtener información esencial para la investigación y de conformidad con los artículos 27 inciso c) y 67 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor y el artículo 264 de la Ley General de la Administración Pública, se le solicita que aporte»