Ley
Artículo 35 — Materias sujetas a informes de auditoría interna — Ley General de Control Interno
- Número
- 8292
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10881, La Gaceta N.º 71 del 20 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO IV
La auditoría interna
SECCIÓN IV
Informes de auditoría interna
Artículo 35
Materias sujetas a informes de auditoría interna
Vigente desde 16 de marzo de 2026 · texto SINALEVI
Los informes de auditoría interna deben versar sobre diversos asuntos de su competencia, así como sobre asuntos de los que pueden derivarse posibles responsabilidades, civiles y penales, para funcionarios, exfuncionarios de la institución y terceros.
Los servicios preventivos comprenden la asesoría, los criterios, las opiniones, las advertencias, las observaciones, por lo que cuando de un estudio se deriven hallazgos, conclusiones y recomendaciones sobre asuntos de responsabilidad y otras materias, la Auditoría Interna deberá comunicarlas, en informes independientes para cada materia, al jerarca o a los titulares subordinados de la administración activa, con competencia y autoridad para ordenar la implantación de las respectivas recomendaciones.
Estos servicios, dada su naturaleza preventiva y oportuna, se brindarán independientemente de su inclusión en el Plan de Trabajo Anual, siempre que versen sobre asuntos de su competencia y se deberán fundamentar y justificar en criterios técnicos y jurídicos pertinentes, preservando la independencia y objetividad necesarias para el ejercicio posterior de las demás competencias de la Auditoría Interna. Los informes deberán señalar las posibles responsabilidades civiles y penales de la conducta administrativa que les dio origen.
La comunicación oficial de resultados de un informe de auditoría se regirá por las directrices emitidas por la Contraloría General de la República.
(Así reformado por el artículo 1° de la Ley para fortalecer la naturaleza de las auditorías internas y su relación con la administración activa, N° 10881 del 16 de marzo de 2026)