Ley
Artículo 12 — "1.SECCION I 1.. Deberes del jerarca y los titulares subordinados") — Ley General de Control Interno
- Número
- 8292
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10881, La Gaceta N.º 71 del 20 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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CAPÍTULO III
La Administración Activa
SECCIÓN I
Deberes del jerarca y los titulares subordinados
Artículo 12
"1.SECCION I 1.. Deberes del jerarca y los titulares subordinados")
Vigente desde 29 de mayo de 2003 · texto SINALEVI
Deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema de control interno. En materia de control interno, al jerarca y los titulares subordinados les corresponderá cumplir, entre otros, los siguientes deberes:
- Velar por el adecuado desarrollo de la actividad del ente o del órgano a su cargo.
- Tomar de inmediato las medidas correctivas, ante cualquier evidencia de desviaciones o irregularidades.
- Analizar e implantar, de inmediato, las observaciones, recomendaciones y disposiciones formuladas por la auditoría interna, la Contraloría General de la República, la auditoría externa y las demás instituciones de control y fiscalización que correspondan.
- Asegurarse de que los sistemas de control interno cumplan al menos con las características definidas en el artículo 7 de esta Ley.
- Presentar un informe de fin de gestión y realizar la entrega formal del ente o el órgano a su sucesor, de acuerdo con las directrices emitidas por la Contraloría General de la República y por los entes y órganos competentes de la administración activa.
(Corregido mediante Fe de Erratas y publicada en La Gaceta N° 102 del 29 de mayo de 2003. Anteriormente la redacción de este epígrafe indicaba:
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 09020-2025 · Tribunal Contencioso Administrativo
Contencioso-administrativo
«(artículo 12 inciso b de la Ley General de Control Interno). Como ya hemos señalado supra»