Ley
Artículo 244 — Ley General de Aviación Civil
- Número
- 5150
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10014, La Gaceta N.º 203 del 21 oct 2021 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Artículo 244
Vigente desde 13 de agosto de 1991 · texto SINALEVI
La prenda se extingue por las siguientes causas:
- Por la pérdida de la aeronave o de su destrucción total, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 236 .
De acuerdo con la reforma de ley Nº 7251 de 13 de agosto de 1991, se refiere al artículo 241.
- Por las otras formas de extinción de las obligaciones comunes.
NOTA: Original 239: corrida su numeración a la actual de conformidad con el artículo 1º de la Ley Nº 7251 de 13 de agosto de 1991.-