Ley
Artículo 61 ter — Intereses y plazo — Ley General de Aduanas
- Número
- 7557
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10271, La Gaceta N.º 121 del 29 jun 2022 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO IV
OBLIGACION TRIBUTARIA ADUANERA
CAPÍTULO III
MEDIOS DE EXTINCION
El pago efectuado fuera del plazo de un mes, indicado en el artículo anterior, produce la obligación de pagar un interés junto con los tributos adeudados. En todos los casos, los intereses se calcularán a partir de la fecha de aceptación de la declaración aduanera.
El Servicio Aduanero, mediante resolución, fijará la tasa del interés establecida en el artículo 61 de la presente ley.
(Así adicionado por el artículo 1° numeral 4) de la ley N° 10271 del 22 de junio del 2022)