Ley
Artículo 127 — Envíos urgentes de la modalidad de entrega rápida o "courier" — Ley General de Aduanas
- Número
- 7557
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10271, La Gaceta N.º 121 del 29 jun 2022 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VII
REGIMENES ADUANEROS
CAPÍTULO III
MODALIDADES ESPECIALES DE IMPORTACION
SECCIÓN VI
ENTREGA RAPIDA
Artículo 127
Envíos urgentes de la modalidad de entrega rápida o "courier"
Vigente desde 18 de agosto de 2003 · texto SINALEVI
Las mercancías de envío urgente ingresadas al territorio aduanero por vía aérea, según la modalidad de entrega rápida o "courier", u otras similares, deberán venir con manifestación expresa de tal régimen y con reseña de contenido. Las mercancías calificadas como correspondencia, impresos, mensajería y paquetería documental, recibirán el mismo tratamiento tributario que las mercancías arribadas mediante el sistema postal general. Las mercancías que califiquen dentro de cualquiera de las otras modalidades especiales contempladas en la presente Ley, recibirán el tratamiento tributario correspondiente.
(Así reformado por artículo 1° de la ley N° 8373 de 18 de agosto de 2003)