Ley
Artículo 63 — Prisión de un mes a un año — Ley Forestal
- Número
- 7575
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10891, La Gaceta N.º 74 del 23 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO SEXTO
Control de la actividad forestal, infracciones y sanciones
CAPÍTULO II
Infracciones, sanciones y procedimientos
Se impondrá prisión de un mes a un año a quien:
- Contravenga lo dispuesto en el artículo 56 de esta ley.
- Envenene o anille uno o varios árboles, sin el permiso emitido previamente por la Administración Forestal del Estado.
En estos casos, los productos serán decomisados y se pondrán a la orden de la autoridad judicial competente.