Ley
Transitorio 4 — Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del BANHVI (Banco Hipotecario de la Vivienda)
- Número
- 7052
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10897, La Gaceta N.º 89 del 18 may 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO SETIMO
DISPOSICIONES FINALES
CAPÍTULO ÚNICO
Disposiciones generales
Transitorio 4
Vigente desde 13 de noviembre de 1986 · texto SINALEVI
El BANHVI le traspasará al Banco Crédito Agrícola de Cartago la suma de doscientos millones de colones (200.000.000,00), como reconocimiento por los servicios que durante diecisiete años le han prestado el DECAP, y como compensación de los ingresos que dejará de percibir en el futuro al sacarse de su tutela el DECAP. Esta suma deberá registrarla el Banco Crédito Agrícola de Cartago como un aumento de capital.
El BANHVI tomará esos recursos del aporte de los mil millones de colones a que se refiere el transitorio I de esta ley.