Ley
Artículo 8 — Ley del Registro y Archivos Judiciales
- Número
- 6723
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10453, La Gaceta N.º 45 del 8 mar 2024 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Artículo 8
Vigente desde 10 de marzo de 1982 · texto SINALEVI
El Registro devolverá al tribunal de origen los resúmenes que no contengan los datos fundamentales que indica el artículo 5º, para la identificación del convicto.