Ley
Artículo 10 — Ley del Registro y Archivos Judiciales
- Número
- 6723
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10453, La Gaceta N.º 45 del 8 mar 2024 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
Artículo 10
Vigente desde 10 de marzo de 1982 · texto SINALEVI
El jefe del Registro sólo podrá rectificar el contenido de los resúmenes en virtud de una orden del tribunal que los expidió.