Ley
Artículo 235 — Exoneración a favor del Cosevi — Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial
- Número
- 9078
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10968, La Gaceta N.º 168 del 7 sept 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO VI
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO V
DISPOSICIONES VARIAS
El Cosevi está exonerado del pago de toda clase de tributos, directos o indirectos, para la adquisición de los vehículos para patrullaje, los instrumentos y equipos necesarios para el equipamiento interno de las unidades, los instrumentos y equipos utilizados para la comunicación, el control de tránsito y la administración vial en vías públicas.
También están exentos de esos tributos el material y el equipo necesarios para la confección de las licencias y los permisos para conducir, las placas, el señalamiento vial y el avituallamiento de la Policía, así como para la confección de dispositivos retrorreflectivos como chalecos, capas, gorras, mochilas, brazaletes, identificadores de zapatos y mochilas, collares y "jackets" utilizados en las campañas estudiantiles de seguridad vial para la protección de las personas menores de edad.