Ley
Artículo 97 — Ley de Tierras y Colonización (ITCO INDER)
- Número
- 2825
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VI
Regulación de Conflictos entre Propietarios y Poseedores en Precario
Artículo 97
Vigente desde 31 de julio de 1964 · texto SINALEVI
El Instituto contará, para hacer las investigaciones a que se refiere el último párrafo del artículo anterior, con la colaboración que obligadamente le dará los propios interesados, los funcionarios y los empleados del Gobierno, municipales y de las otras Instituciones del Estado.
Las personas encargadas por el Instituto para desempeñar estas funciones o cualesquiera otras relacionadas con esta ley, tendrán libre acceso a los terrenos afectados, vecinos u otros si fuere necesario para que llenen su cometido.
( Así reformado por el artículo 1º de la ley Nº 3336 de 31 de julio de 1964 ).