Ley
Artículo 32 — Ley de Tierras y Colonización (ITCO INDER)
- Número
- 2825
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO III
Instituto de Tierras y Colonización
Artículo 32
Vigente desde 14 de octubre de 1961 · texto SINALEVI
La Junta Directiva nombrará, con el voto favorable de no menos de cuatro de sus miembros, un Gerente General, un Subgerente y un Auditor. El Gerente General tendrá a su cargo la administración del Instituto de acuerdo con la ley, los reglamentos y las instrucciones que le imparta la Junta Directiva.
El Subgerente actuará bajo la autoridad jerárquica del Gerente y lo reemplazará en sus ausencias temporales. Sus funciones serán las que la Junta Directiva y el Gerente lo señalen.
Los funcionarios citados en el párrafo primero de este artículo serán nombrados en sus cargos por períodos de dos años, podrán ser reelectos, y serán responsables por su actuación ante la Junta directiva.
Su remoción sólo podrá acordarse por el mismo número de votos necesarios para su nombramiento.