Ley
Artículo 116 — Ley de Tierras y Colonización (ITCO INDER)
- Número
- 2825
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO VI
Regulación de Conflictos entre Propietarios y Poseedores en Precario
Artículo 116
Vigente desde 14 de octubre de 1961 · texto SINALEVI
Si el gestionante aceptare el precio fijado y la extensión del terreno que puede inscribirse a su nombre, el Instituto solicitará al Poder Ejecutivo que comisione al Procurador General de la República para que, en representación del Estado, proceda al otorgamiento ante notario de la escritura de traspaso, a nombre del Estado y a favor del interesado, con cargo a los derechos de aplicación que tuviere. El Registro inscribirá, individualizada, esa parte de las reservas nacionales.