Ley
Artículo 9 — Ley de salud mental
- Número
- 10412
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
Parte general
CAPÍTULO II
Definiciones
Artículo 9
Vigente desde 29 de noviembre de 2023 · texto SINALEVI
Disciplinas que se vinculan a la atención de salud mental El sistema de salud mental estará conformado por un grupo de profesionales que integran los equipos de atención de salud mental, en las siguientes disciplinas:
- Psiquiatría, con sus distintas subespecialidades y demás especialidades afines, con el apoyo del equipo médico y de las otras disciplinas afines a la atención de la salud mental.
- Medicina general.
- Medicina familiar.
- Medicina en geriatría.
- Neurología.
- Psicología, psicología clínica y sus especialidades afines.
- Trabajo social. ,
- Enfermería especialista en salud mental y psiquiatría.
- Personal especializado en el área de rehabilitación de terapia ocupacional.
- Pediatría.
- Otras especialidades afines que sean definidas mediante reglamento o decreto por el Ministerio de Salud.