Ley
Artículo 26 — Trabajo interinstitucional — Ley de salud mental
- Número
- 10412
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO II
Responsabilidades institucionales
CAPÍTULO II
Acceso a la educación y al empleo
La Secretaría Técnica de Salud Mental, a través de los tres niveles de gestión y por medio de la acción intersectorial e interinstitucional, debe establecer los mecanismos necesarios de coordinación para desarrollar planes de promoción, prevención, atención, rehabilitación y reinserción con enfoque comunitario.
El desarrollo de la política en salud mental deberá contener mecanismos claros y eficientes de participación de las instituciones requeridas y de comunidad, en particular de organizaciones de usuarios y familiares de los servicios de salud mental.