Ley
Artículo 32 — Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer
- Número
- 7142
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10807, La Gaceta N.º 231 del 9 dic 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO III
CAPÍTULO ÚNICO
Reformas a leyes
Artículo 32
Vigente desde 8 de marzo de 1990 · texto SINALEVI
Adiciónasele un inciso l) al artículo 2 de la Ley de Creación del Centro Nacional para el Mejoramiento de la Mujer y la Familia, No. 5988 del 11 de noviembre de 1976, reformada por la No. 7026 del 20 de marzo de 1986. El actual inciso l) pasa a ser ll). El texto del nuevo inciso l) es el siguiente:
"l) Proteger los derechos de la mujer consagrados en las declaraciones y convenciones internacionales y en el ordenamiento jurídico costarricense; promover la igualdad entre los géneros y propiciar acciones tendientes a mejorar la situación de la mujer."
(Así modificada su numeración por el artículo único de la ley igualdad salarial entre mujeres y hombres, N° 9677 del 26 de marzo del 2019, que lo traspasó del antiguo artículo 29 al 32)