Ley
Artículo 23 — Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer
- Número
- 7142
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10807, La Gaceta N.º 231 del 9 dic 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
De la igualdad de derechos de hombres y mujeres
CAPÍTULO V
De la educación
Artículo 23
Vigente desde 8 de marzo de 1990 · texto SINALEVI
Con el fin señalado, el Instituto Nacional de Aprendizaje deberá crear el departamento de formación profesional para la mujer, para lo cual destinará no menos del uno por ciento (1%) de su presupuesto anual.
(Así modificada su numeración por el artículo único de la ley igualdad salarial entre mujeres y hombres, N° 9677 del 26 de marzo del 2019, que lo traspasó del antiguo artículo 20 al 23)