Ley
Artículo 165 — Ley de Pesca y Acuicultura
- Número
- 8436
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10764, La Gaceta N.º 231 del 9 dic 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO XI
Disposiciones finales
Artículo 165
Vigente desde 1 de marzo de 2005 · texto SINALEVI
Derógase la siguiente legislación:
- La Ley de Pesca y Caza Marítimas, Nº 190, de 28 de setiembre de 1948.
- El Reglamento de la Ley Nº 190, de 28 de setiembre de 1948, Decreto Ley Nº 363, de 11 de enero de 1949.
- La Ley Nº 4582, de 4 de mayo de 1970.
- La Ley Nº 5410, de 14 de noviembre de 1973.
- El artículo 35 de la Ley Nº 8000, Creación del Servicio Nacional de Guardacostas, de 5 de mayo de 2000.
- La Ley Nº 5775 y sus reformas.
- Cualquier otra disposición que se le oponga.