Ley
Artículo 6 — Plazos — Ley de Pensiones Alimentarias
- Número
- 7654
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Salvo disposición en contrario, los plazos otorgados en esta ley empezarán a correr a partir del día siguiente a la fecha en que les haya quedado notificada a todas las partes la resolución respectiva. Los plazos en días se entenderán días hábiles; los meses y años, según calendario.