Ley
Artículo 43 — Ejecución de transferencias presupuestarias — Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos
- Número
- 8131
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10524, La Gaceta N.º 182 del 1 oct 2024 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO V
CAPÍTULO II
PROCESO PRESUPUESTARIO
SECCIÓN II
EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE LA REPÚBLICA
Artículo 43Verificando formato
Ejecución de transferencias presupuestarias
Vigente desde 18 de septiembre de 2001 · texto SINALEVI
Los recursos que se asignen como transferencias presupuestarias, tanto a favor de sujetos de derecho público como de derecho privado, se mantendrán en la caja única del Estado y serán girados a sus destinatarios conforme a la programación financiera que realice el Ministerio de Hacienda, con base en la programación que le presenten los respectivos destinatarios y la disponibilidad de recursos del Estado.