Ley
Artículo 114 — Trámite del recurso de apelación — Ley de Justicia Penal Juvenil
- Número
- 7576
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10641, La Gaceta N.º 48 del 12 mar 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO TERCERO
PROCEDIMIENTOS
CAPÍTULO V
Recursos
El recurso de apelación deberá interponerse por escrito, dentro del término de tres días, ante el Juez Penal Juvenil que conoce del asunto.
En el escrito, deberán expresarse los motivos en que se fundamentan las disposiciones legales aplicables; además, deberá ofrecerse la prueba pertinente, cuando proceda.
Admitido el recurso, el Tribunal emplazará a las partes para que comparezcan a una audiencia oral y fundamenten el recurso en un plazo de tres a cinco días a partir de la notificación. El plazo será de diez días cuando existan razones de lejanía.