Ley
Artículo 2 — Naturaleza. Las juntas de educación son entes auxiliares de la Administración Pública con personería jurídica y patrimonio propio para el cumplimiento de las funciones establecidas en esta ley — Ley de Juntas de Educación
- Número
- 10631
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 2
Naturaleza. Las juntas de educación son entes auxiliares de la Administración Pública con personería jurídica y patrimonio propio para el cumplimiento de las funciones establecidas en esta ley
Vigente desde 28 de enero de 2025 · texto SINALEVI
Cada centro educativo tendrá una junta de educación sin distinción entre los tipos de ofertas educativas.
En adelante, en todo cuerpo normativo en el que se haga referencia a juntas de educación y juntas administrativas se entenderá como junta de educación.