Ley
Artículo 70 — Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria FODEA y Orgánica del MAG
- Número
- 7064
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10724, La Gaceta N.º 149 del 12 ago 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO CUARTO
CAPÍTULO ÚNICO
Disposiciones generales
Artículo 70
Vigente desde 29 de abril de 1987 · texto SINALEVI
El Estado promoverá el establecimiento de escuelas y centros educativos de investigación y capacitación técnica y tecnología en el campo agropecuario, para fortalecer el cooperativismo estudiantil y juvenil en ese sector, y para procurar la divulgación de los adelantos tecnológicos en esa materia.