Ley
Artículo 17 — Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria FODEA y Orgánica del MAG
- Número
- 7064
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10724, La Gaceta N.º 149 del 12 ago 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO PRIMERO
DE LOS INCENTIVOS PARA LOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS
CAPÍTULO II
De la adecuación de deudas de los productores
Artículo 17
Vigente desde 29 de abril de 1987 · texto SINALEVI
En los casos de adecuación y readecuación de deudas en que se presentan conflictos entre el banco y los beneficiarios de esta ley, e tos tendrán derecho a presentar recurso de revisión ante la junta directiva general del respectivo banco, la que resolverá en definitiva el diferendo en un plazo no mayor de treinta días.